Es una de las medidas recogidas en la Estrategia de Madrid por el Empleo, que comenzó en 2015 y se ha alargado hasta nuestros días, posiblemente, porque es una buena medida para incentivar la creación de empleo a través de los autónomos.
Así lo ha acordado el Consejo de Gobierno, con el objetivo de impulsar el autoempleo, reduciendo el coste de las cuotas abonadas a la Seguridad Social en los primeros meses de trabajo.
¿QUÉ ES LA TARIFA PLANA PARA AUTÓNOMOS?
La tarifa plana para autónomos es una medida tomada por el Gobierno para impulsar el autoempleo, ya que permite a los nuevos autónomos que deciden formar parte de este régimen, pagar una cuota mensual bastante reducida a la Seguridad Social.
Esta tarifa plana, se materializó a través del Real Decreto Ley 4/2013 y recientemente se ha reforzado la conocida “Tarifa Plana” con la entrada en vigor de la Ley 31/2015.
Antes de que el Gobierno impulsara la Tarifa Plana de autónomos, estos últimos venían teniendo unos costes mensuales de aproximadamente 259 euros, cantidad que sin duda resulta elevada para autónomos que están empezando desde cero en sus negocios, por lo que el paso de 259 euros a 50 resulta ser un aliento para los nuevos autónomos, por otro lado, y como era de esperar, no mantendrán perennemente esta tarifa plana a lo largo de toda su vida profesional, sino que se irá aumentando progresivamente hasta llegar a la tarifa normal.
La cuantía de la tarifa plana no es fija, existen tres tramos semestrales de reducción sobre la base mínima de cotización y el tipo mínimo de cotización. A cada tramo se le aplica un porcentaje de reducción distinto.
Primeros seis meses: se paga una cuota fija de 50 euros mensuales, lo que supone un ahorro de 209,13 € sobre la tarifa normal. Esto es así si el autónomo elige su base de cotización mínima. Si elige otra mayor, tendrá una reducción del 80% de la cuota.
Del mes 7 al 12: una reducción del 50% (ahorro de 129,57 €)
Del mes 13 al 15: una reducción del 30% (ahorro de 77,74 €)
Del mes 16 al 18: una reducción del 30% (ahorro de 77,74 €)
Del mes 19 al 30: se mantiene una reducción especial del 30% (ahorro de 77,74 %), solo aplicable a los trabajadores menores de 30 años y las trabajadoras menores de 35 años que no hayan sido autónomos en los 5 años anteriores.
REQUISITOS PARA PODER SER BENEFICIARIO DE LA CITADA “TARIFA PLANA”
- No ser administrador de una Sociedad Mercantil
- No haber estado dado de alta como autónomo en los 5 años inmediatamente anteriores
- No haber recibido en toda su vida profesional como autónomo alguna bonificación de la Seguridad Social (este requisito va especialmente dirigido a aquellos que fueron autónomos hace más de 5 años, se dieron de baja y vuelven a darse de alta como autónomos).
- No ser autónomo colaborador, es decir, no pertenecer al régimen especial para familiares de los autónomos.
- No estar en régimen de pluriactividad, supuestos en los que se trabaje por cuenta ajena y a la vez por cuenta propia.
COBERTURAS
La reducción de la Tarifa Plana se aplica sobre la base mínima de cotización. Un trabajador que tenga esta cotización tiene cobertura de asistencia sanitaria, cotización para la jubilación, pero no cobertura por desempleo y accidentes profesionales de trabajo.
El autónomo que desee tener cubiertas estas prestaciones, podrá pagar un poco más para conseguir esa cobertura.
SOLICITAR LA TARIFA PLANA
La solicitud de la tarifa plana debe coincidir con el preciso momento de darse de alta en autónomos, o perderás todo derecho.
El alta en autónomos se solicita en las oficinas de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS).
LEGISLACIÓN REGULADORA DE LA TARIFA PLANA PARA AUTÓNOMOS
- Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo (art. 30 y siguientes)
- Real Decreto Ley 4/2013, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo
- Ley 14/2013, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización
- Ley 31/2015 por la que se modifica y actualiza la normativa en materia de autoempleo y se adoptan medidas de fomento y promoción del trabajo autónomo y de la economía social.