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Contrato para la formación y el aprendizaje «El contrato mas económico para PYMES y Autónomos»

OBJETIVOS DEL CONTRATO:

  • Favorecer la inserción laboral y la formación profesional de los jóvenes, permitiendo que el trabajador adquiera la cualificación profesional necesaria para desarrollar una ocupación concreta mediante un sistema de formación teórico-práctico, de manera presencial u online.
  • Obtención del título de CERTIFICADO DE PROFESIONALIDAD del área para el cual el trabajador haya sido contratado.

PARTICULARIDADES DEL CONTRATO:

  • EDAD: es un contrato destinado a personas mayores de 16 años y menos de 25. Este límite se amplía, por un lado, hasta los 30 años, mientras que la tasa de desempleo del país no se sitúe por debajo del 15%, y por otro lado, en el caso de las personas discapacitadas no habrá límite de edad.

REPARTICIÓN HORARIA TRABAJO-FORMACIÓN:

  • Primer año: jornada laboral no superior al 75% de las horas; 25% formación.
  • Segundo y tercer año: jornada laboral 85%, formación teórica 15%
  • SALARIO: además de cumplir con lo acordado en Convenio Colectivo, el salario no podrá ser inferior al salario mínimo interprofesional en proporción al tiempo de trabajo efectivo. (SMI 2016: 21,84 euros/día o 655,20 euros/mes).
  • BONIFICACIONES: se trata de un contrato económico pues puede tener reducciones en las cuotas en la Seguridad social del:
  • 100% en pequeñas y medianas empresas.
  • 75% en empresas de más de 250 trabajadores.
  • Siempre que el trabajador esté inscrito en la Oficina de Empleo.
  • En el caso de no poder beneficiarse de la reducción, la cuota a la Seguridad social es fijada y reducida de 97,49 euros, independientemente del salario pagado al trabajador.
  • DESEMPLEO: se mantiene la acción protectora por desempleo.
  • DURACIÓN: mínimo 1 año y máximo 3, modificable por convenio colectivo, sin que la duración mínima pueda ser inferior a seis meses ni la máxima superior a tres años.
  • INCENTIVOS POR TRANSFORMACIÓN: al terminar el contrato, las empresas podrán transformar el contrato en indefinido beneficiándose de una reducción en las cuotas de la Seguridad Social de: 1500€/año (para hombres) y 1800€/año (para mujeres) ambos casos, con una duración de tres años.
  • PERIODO DE PRUEBA: el convenio colectivo, contendrá los límites de duración del periodo de prueba, si no los contuviera, la duración del periodo de prueba no podrá exceder de seis meses para los técnicos titulados, ni de dos meses para los demás trabajadores. En las empresas de menos de veinticinco trabajadores el período de prueba no podrá exceder de tres meses para los trabajadores que no sean técnicos titulados. Transcurrido el período de prueba sin que se haya producido el desistimiento, el contrato producirá plenos efectos, computándose el tiempo de los servicios prestados en la antigüedad del trabajador en la empresa.
  • AUTÓNOMOS: derecho a contratar a sus hijos como trabajadores por cuenta ajena si son menores de 30 años, teniendo derecho a una bonificación del 100% de las cuotas. Además, el trabajador tendrá derecho a la prestación por desempleo siempre que no conviva con el familiar, o, en caso de convivir con éste, se tendrá que probar el tiempo de prestación de servicios y cotización a la Seguridad Social.

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